‘El último rey’, un caso paradigmático

La transmisión de la bioserie ‘El último rey’ de Televisa generó un debate jurídico que los abogados de las partes hicieron público. El fondo de la controversia versa sobre los límites de la libertad de expresión frente a los derechos de propiedad intelectual. ¿Es legal publicar una serie sin la autorización de las personas en quienes está basada? ¿Si registro mi nombre como marca, puedo impedir que otros lo utilicen?

En el caso, Televisa anunció que transmitiría una bioserie basada en el libro de Olga Wornat, El último rey, donde se dramatizarían algunos fragmentos de la vida del cantante Vicente Fernández Gómez.

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Al parecer la obra nunca fue avalada por el famoso charro, razón por la cual su heredera se opuso a su difusión. Sus abogados obtuvieron una orden judicial y otra más del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para evitar que se transmitiera en cualquier canal de televisión abierta o de paga el proyecto audiovisual denominado ‘El último rey’.

En respuesta, Televisa promovió un juicio de amparo donde obtuvo la suspensión definitiva por parte de un juez federal, para que las órdenes emitidas por el IMPI no surtieran efectos. Esta reacción le permitió transmitir los diez capítulos de la primera temporada.

Faltan muchas instancias en esta contienda, pero algunas de las preguntas que se resolverán en el fondo son sumamente interesantes.

Por un lado, la heredera de Vicente Fernández tiene derechos que deben respetarse. Estamos hablando de marcas registradas, reservas de derechos y la facultad para explotar la imagen del ‘Charro de Huentitán’. La propiedad intelectual está protegida por tratados internacionales que enfatizan la importancia de otorgar medidas cautelares antes de la consumación de actos lesivos, bajo esa lógica, el IMPI otorgó medidas para impedir la transmisión de la serie.

Sin embargo, el derecho fundamental a la libertad de expresión impide, en principio, que los órganos del Estado censuren de manera previa la difusión de contenidos. Si bien todos podemos incurrir en responsabilidad como resultado de las expresiones que difundimos, el reclamo debe ser posterior para evitar que la autoridad abuse de sus facultades.

Lograr un balance entre estas dos posturas será difícil, pero debe establecerse un límite. La sociedad puede verse afectada si los derechos de propiedad intelectual se empiezan a utilizar para impedir la difusión de contenidos, y pongo un ejemplo.

En los últimos años varios políticos han acudido a registrar sus nombres como marcas, es el caso de ‘Andrés Manuel López Obrador’ (registro 2111417), ‘Ricardo Anaya’ (registro 1884459), ‘Enrique Peña Nieto’ (registro 1209852) y muchos más. ¿Podrían utilizar sus registros para impedir la publicación de biografías o materiales donde aparezcan sus nombres?

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