Ley ‘Nahle’: Suprema Corte define no ‘naturalizar’ a candidatos no nacidos en Veracruz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de manera parcial la modificación constitucional conocida como Ley ‘Nahle’ que pretendía reconocer como veracruzanas a aquellas personas que sin ser nacidas en el estado, tienen hijos en la entidad.

En ese sentido las y los ministros declararon inconstitucional una de las fracciones del Artículo 11 que reconocía como veracruzanos y por lo tanto pretendía contender por la gubernatura a aquellas personas que tuvieran hijos nacidos en Veracruz.

La SCJN discutió si se derogaba toda la fracción o solo de manera parcial y concluyeron que únicamente debían hacerlo a la fracción “con hijos” y permitir a las personas que pudieran comprobar que su residencia fue en la entidad veracruzana durante los últimos cinco años.

“Se declara la invalidez de la fracción tercera en la porción normativa que indica con hijos veracruzanos”, señala.

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Cabe indicar que esta modificación se realizó en el Congreso del Estado, en su mayoría morenista y se ha comentado que pretendía beneficiar a la secretaría de energía Rocío Nahle para que pudiera contender por la gubernatura del estado.

Ante ello los partidos PRI, PAN Y PRD interpusieron una acción de inconstitucionalidad para intentar que fuera derogada por considerar que era en contra del derecho e intentaban ayudar a una persona en específico.

Cabe señalar que la secretaría de energía tiene una hija veracruzana y según lo que se ha comentado con ello pretendían que pudiera contender para el siguiente periodo electoral.

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